¿Qué es el visado de nómada digital?
Es un permiso de residencia especial regulado por la Ley 14/2013 (modificada por la Ley 28/2022 de Startups) que permite a nacionales de países no pertenecientes a la UE/EEE/Suiza residir legalmente en España mientras trabajan a distancia para empresas o clientes ubicados fuera de España.
Los autónomos pueden trabajar también para empresas españolas, siempre que ese trabajo no supere el 20% del total de su actividad. La solicitud puede presentarse en el consulado español del país de residencia (visado de 1 año) o directamente en España ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (autorización de 3 años).
Ingresos mínimos en 2025
La norma exige acreditar ingresos equivalentes al 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, el SMI es de 1.184€/mes en 14 pagas (establecido por el RD 87/2025), lo que resulta en los siguientes umbrales:
| Perfil del solicitante | Ingreso mínimo mensual (aprox.) |
|---|---|
| Solicitante individual | ~2.762 €/mes (200% SMI) |
| + Cónyuge o pareja | ~3.797 €/mes (+75% SMI adicional) |
| + Cada hijo dependiente | + ~346 €/mes (+25% SMI por hijo) |
Ejemplo: Un nómada que se traslada con su pareja y un hijo necesita acreditar aproximadamente 4.143€/mes de ingresos. Los ingresos pueden provenir de varias fuentes, siempre que la suma supere el umbral y se acredite su origen remoto.
Requisitos para obtener el visado
📋 Requisito laboral
Contrato con empresa extranjera (para empleados) o clientes internacionales (para autónomos/freelancers). La relación laboral o profesional debe existir desde al menos 3 meses. Se debe acreditar que la actividad puede realizarse en remoto.
🎓 Requisito formativo
Título universitario o de FP de centros de reconocido prestigio, o bien experiencia profesional mínima de 3 años en la actividad que se realiza. La empresa empleadora debe acreditar actividad real y continuada.
🏥 Seguro médico
Seguro de enfermedad público o privado contratado con entidad aseguradora autorizada a operar en España (inscrita en el listado de la Dirección General de Seguros). Debe cubrir todos los riesgos del sistema público de salud en España.
📄 Documentación
Pasaporte con validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. Formulario de solicitud MI-T. Certificado de antecedentes penales de los países de residencia de los últimos 2 años. Extractos bancarios de los últimos 3–6 meses.
Paso a paso: cómo solicitarlo
Verifica que cumples los requisitos
Confirma ingresos, antigüedad de la relación laboral (mín. 3 meses), cualificación y que la empresa/cliente es extranjero. Si eres autónomo, asegúrate de que los ingresos de España no superan el 20%.
Reúne y legaliza la documentación
Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados o legalizados y, si no están en español, traducidos por traductor jurado reconocido por el MAEC. Este paso puede llevar varias semanas.
Presenta la solicitud
Si estás fuera de España: en el consulado español de tu país (obtendrás visado de 1 año). Si ya estás en España legalmente: ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE) para obtener autorización de 3 años directamente.
Espera la resolución y recoge tu tarjeta
El plazo habitual de resolución de los permisos de residencia es de unos 45 días. Tras la aprobación, debes acudir a la comisaría para recoger la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
Vigencia y renovación
El visado consular tiene validez de 1 año. La autorización de residencia solicitada en España tiene validez de 3 años. Puede renovarse hasta alcanzar los 5 años, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos de ingresos y actividad remota.
Después de 5 años de residencia legal continuada, es posible solicitar la residencia de larga duración. Los iberoamericanos, filipinos y ciudadanos de otros países con convenio pueden solicitar la nacionalidad española a los 2 años de residencia legal (incluyendo el tiempo con visado nómada).
⚖️ Ventaja fiscal: Régimen especial de no residentes (Ley Beckham)
Los titulares del visado nómada digital pueden acogerse al régimen especial del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes), que establece un tipo fijo del 24% sobre los ingresos obtenidos en España de hasta 600.000€ anuales, en lugar de los tipos progresivos del IRPF (que llegan hasta el 50%).
Este régimen puede aplicarse durante los primeros 6 años de residencia. Solo tributan las rentas obtenidas en España. Los días trabajados fuera del territorio español pueden tratarse como no obtenidos en España si se acreditan correctamente.
Si permaneces más de 183 días en España durante el año natural, serás considerado residente fiscal y deberás declarar tu situación ante la Agencia Tributaria española.
Errores más comunes al solicitar este visado
No acreditar correctamente los ingresos: los extractos bancarios deben mostrar depósitos regulares y coherentes con los contratos aportados. Inconsistencias entre ambos documentos son el motivo de denegación más frecuente.
Seguro médico insuficiente: un seguro de viaje no es válido. Debe ser un seguro de salud pleno autorizado a operar en España.
Menos de 3 meses de relación laboral: la norma exige que la empresa o cliente ya lleve al menos 3 meses en funcionamiento y que la relación laboral tenga esa antigüedad mínima.
Documentación sin apostillar o sin traducir: todos los documentos extranjeros deben cumplir los requisitos de legalización. Un solo documento defectuoso puede paralizar el expediente.
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