¿Qué es la Regularización Extraordinaria de 2026?

El 27 de enero de 2026, el Consejo de Ministros aprobó el inicio de la tramitación de una regularización extraordinaria dirigida a personas extranjeras que ya se encuentran en España en situación irregular. Se trata de la séptima gran regularización desde la democracia, y la primera desde la que tuvo lugar en 2005 bajo el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

La medida se canalizará técnicamente como una reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre), añadiendo una nueva disposición transitoria que habilita este proceso excepcional. Esto significa que no requiere tramitación parlamentaria, lo que acelera notablemente su entrada en vigor.

La ministra de Inclusión, Elma Saiz, subrayó que se trata de una medida destinada a dar respuesta a una realidad que ya existe en la sociedad española, con el objetivo de garantizar derechos fundamentales y dotar de seguridad jurídica tanto a las personas afectadas como a las empresas que las emplean.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — inclusion.gob.es · La Moncloa — lamoncloa.gob.es


¿Quién puede acogerse?

Según el segundo borrador del proyecto, publicado tras el periodo de audiencia pública, los requisitos para poder solicitar la regularización son los siguientes:

📅

Fecha de entrada

Haber entrado en España antes del 1 de enero de 2026, es decir, antes de las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2025. Este requisito fue precisado en el segundo borrador respecto al primero.

🗓️

Permanencia mínima

Acreditar al menos 5 meses de permanencia continuada en España en el momento de presentar la solicitud. Si llegaste el 30 de noviembre de 2025, no podrías solicitar antes del 30 de abril de 2026.

⚖️

Sin antecedentes penales

No tener antecedentes penales ni en España ni en el país de origen o de residencia previa. Será necesario aportar certificado de antecedentes penales apostillado y traducido.

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Situación de irregularidad

Encontrarse en situación irregular. Quienes tengan una solicitud en trámite (inicial, renovación, prórroga o modificación) no podrán acogerse a este proceso extraordinario.

Quiénes también pueden solicitarlo

⚠️ Importante: Las personas en situación de estancia o residencia legal (estudiantes, titulares de búsqueda de empleo, residentes no lucrativos, etc.) no podrán acogerse a este proceso, ya que no se encuentran en situación irregular.


¿Qué permiso se obtiene?

Las personas que cumplan todos los requisitos y cuya solicitud sea aprobada obtendrán una autorización de residencia inicial de un año, con permiso de trabajo incluido desde el primer día en cualquier sector y en cualquier parte de España.

Para los hijos menores de edad que se regularicen simultáneamente, el permiso será de 5 años, proporcionando mayor estabilidad a los proyectos de vida familiares.

Una vez transcurrido el primer año, los beneficiarios deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permite una integración progresiva y plena en el sistema migratorio regular.

Además, existe un mecanismo de vía rápida: a los 15 días de la admisión a trámite de la solicitud, el interesado ya podrá comenzar a trabajar legalmente, sin esperar a la resolución final. El plazo máximo de resolución será de tres meses.


Plazos y calendario previsto

1

27 de enero de 2026 — Inicio de la tramitación

El Consejo de Ministros aprueba el inicio del proceso y lo somete a audiencia pública.

2

6 de febrero de 2026 — Fin de la audiencia pública

Concluye el periodo de participación ciudadana. El texto pasa al Consejo de Estado para dictamen.

3

24 o 31 de marzo de 2026 — Posible aprobación en Consejo de Ministros

Fechas estimadas por expertos en extranjería para la aprobación definitiva del Real Decreto y su publicación en el BOE.

4

Abril 2026 — Apertura del plazo de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse a partir de principios de abril, una vez publicado el Real Decreto en el BOE.

5

30 de junio de 2026 — Cierre del plazo

Fecha límite para presentar solicitudes. Este plazo está confirmado en el texto del proyecto.


¿Qué documentación necesitarás?

Aunque el texto definitivo del Real Decreto no ha sido publicado aún, del borrador actual se desprende que la documentación necesaria incluirá:

Documentos previstos

¿Por qué es importante actuar con tiempo?

Esta regularización es, como señalan todos los expertos, una oportunidad única, excepcional y probablemente irrepetible. Solo beneficiará a quienes estaban en España antes del 31 de diciembre de 2025 — cualquier persona que haya llegado después no podrá acogerse a este proceso.

El plazo de solicitud, desde abril hasta el 30 de junio de 2026, es relativamente corto. Conseguir el certificado de antecedentes penales del país de origen puede llevar semanas o meses en algunos países, especialmente si hay que legalizarlo y traducirlo. Por eso es fundamental empezar a preparar la documentación cuanto antes.

Además, un error, una omisión o una interpretación incorrecta de los requisitos puede significar la pérdida definitiva de esta oportunidad. Contar con asesoramiento jurídico especializado no es un lujo, es una garantía.

¿Crees que puedes
acogerte a la regularización?

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Fuentes oficiales

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — inclusion.gob.es  |  La Moncloa — lamoncloa.gob.es  |  Ayuntamiento de Barcelona — barcelona.cat  |  Blog Sepin — blog.sepin.es  |  Legalteam.es